SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1137/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1137/2002-R

Fecha: 19-Sep-2002

El representante del Ministerio Público

El representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare procedente el recurso con el argumento de que los vocales recurridos se limitaron a confirmar la sentencia apelada y no se pronunciaron sobre los puntos apelados que eran el doble pago de intereses, costas y multas establecidos en sentencia, violentando las normas legales que rigen los procesos, teniendo presente que la ley  solamente establece los intereses legales y no los convencionales y peor las multas que están al margen de ella.