SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1137/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1137/2002-R

Fecha: 19-Sep-2002

III.3

III.3    La omisión indebida en que incurrieron los vocales demandados, determina se otorgue la tutela solicitada, por encontrarse el caso dentro de las previsiones del art. 19 CPE, que ha instituido el amparo constitucional para preservar los derechos fundamentales de la persona ante actos ilegales u omisiones indebidas que afectan el ejercicio de tales derechos, sea suprimiéndolos o restringiéndolos, siempre que no haya otro medio o recurso legal que permita la protección inmediata de los mismos, sin ingresar a considerar la legalidad o ilegalidad del pago de los intereses y multas ordenado, que debe ser dilucidado en la vía legal respectiva, siendo finalidad  del amparo constitucional garantizar el respeto y vigencia de los derechos fundamentales, sin que a través de dicho recurso se consideren cuestiones que atañen al fondo del proceso, así lo ha establecido el Tribunal Constitucional en sus SS.CC. 296/02 de 20 de marzo y 498/02 de 30 de abril.