SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1147/2002 -R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1147/2002 -R

Fecha: 19-Sep-2002

(fs. 63-67)

El abogado de los recurrentes ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió por escrito (fs. 63-67) argumentando: a) que el recurrido Feliciano Vegamonte no tenía jurisdicción y competencia para tapiar las puertas y amenazarlos de muerte, b) que los recurridos han presumido su culpabilidad, desconociendo los arts. 16-I CPE, 8 del Pacto de San José de Costa Rica y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) y otros instrumentos internacionales, al acusarlos de la comisión de delitos sin darles oportunidad de defenderse, c) que al no permitirles ingresar al edificio municipal, les están restringiendo su derecho a la libre locomoción y d) que para proceder a la suspensión temporal o definitiva se deben observar los arts. 32, 34 y 35 LM.