Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1171/2002 - R
Fecha: 26-Sep-2002
II.2
II.2 Que, por Resolución Ministerial 467/00 de 30 de noviembre de 2000, se establece que el único instrumento legal que autoriza el funcionamiento de una Institución Privada de Formación Profesional Técnica y/o de Capacitación Laboral, es una Resolución Ministerial. Asimismo, dispone que toda autorización relativa a dichas instituciones antes de 1996, debían renovarlas de inmediato de acuerdo a reglamentos del SINETEC (fs. 93 vta.).