SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1171/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1171/2002 - R

Fecha: 26-Sep-2002

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, declaró improcedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que los informes no constituyen actos administrativos sino un paso previo al acto, con los cuales se avalúan aspectos de hecho como de derecho para la adopción de la decisión correspondiente y b) que si bien el informe impugnado expresa que corresponde la clausura del Instituto de propiedad de la recurrente, no se ha demostrado que se hubiera procedido de tal manera y que se hubiera emitido Resolución disponiendo su cierre, al contrario sigue funcionando.