Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 80/2002
Fecha: 09-Sep-2002
Fragmento 12
Que, cotejando las previsiones referidas contenidas en los arts. 26 (sin vigencia) y 32 (vigente) del Reglamento de Procesos Universitarios, se constata que los extremos impugnados del art. 26 -como son las sanciones de suspensión de funciones sin previo proceso y la suspensión de haberes mientras dure la realización del proceso-, han sido eliminados en la redacción del art. 32 del actual Reglamento de Procesos Universitarios.