SENTENCIA CONSTITUCIONAL 84/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 84/2002

Fecha: 23-Sep-2002

denuncias por infracción de leyes sociales

            Que, la Judicatura del Trabajo y Seguridad Social -que forma parte del Poder Judicial- tiene competencia para el conocimiento de todos los asuntos relativos a cuestiones laborales, tales las emergentes de contratos individuales y colectivos de trabajo, aplicación de leyes de seguridad social, denuncias por infracción de leyes sociales y otras señaladas por Ley, como previenen los arts. 1, 8, 9 del CPT.