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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 84/2002
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 84/2002

    Fecha: 23-Sep-2002

    I.3. Alegaciones de la parte recurrida.

    Que, conforme establecen los arts. “4, y 11, parágrafo 9 (LOPE), la principal función del Ministerio de Trabajo y Microempresa es velar por la aplicación y cumpliento de la legislación laboral”. Como emergencia de la función administrativa que tiene la autoridad recurrida, puede pronunciar resoluciones en el ámbito laboral.

    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
    • I.3. Alegaciones de la parte recurrida.
    • II.1.
    • II.3.
    • III.1.
    • denuncias por infracción de leyes sociales
    • INSTRUIR
    • Código de Seguridad Social
    • Ministro de Trabajo y Microempresa
    • III.2.

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