Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Que fueron contratados a plazo fijo hasta el 31 de diciembre de 2002 por los ex Prefectos Javier Gutiérrez y José Orías, estableciéndose en los contratos 0340/02, 0307/02 y 0069/02 las causales de resolución y destitución; empero, el recurrido por me
Fecha: 15-Ene-2003
II.1.
II.1. Que por contratos Nos. 0340/02, 0307/02 y 0069/02, los recurrentes fueron contratados a plazo fijo hasta el 31 de diciembre de 2002, expresándose en cada uno de los contratos que, la Prefectura podría resolver la relación jurídica aún antes de su vencimiento cuando se contravengan los deberes señalados en el Art. 8º y se incurra en las prohibiciones del Art. 9º EFP (fs. 1-2, 3, 4-5, 6-7).