Que fueron contratados a plazo fijo hasta el 31 de diciembre de 2002 por los ex Prefectos Javier Gutiérrez y José Orías, estableciéndose en los contratos 0340/02, 0307/02 y 0069/02 las causales de resolución y destitución; empero, el recurrido por me
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Que fueron contratados a plazo fijo hasta el 31 de diciembre de 2002 por los ex Prefectos Javier Gutiérrez y José Orías, estableciéndose en los contratos 0340/02, 0307/02 y 0069/02 las causales de resolución y destitución; empero, el recurrido por me

Fecha: 15-Ene-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Que, los recurrentes denuncian la vulneración de sus derechos al trabajo y a una justa remuneración, previstos en el art. 7-d)-j) CPE, con el argumento de que el recurrido incurriendo en acto ilegal al haberse expedido memorandos resolviendo los contratos mediante los cuales fueron contratados por la Prefectura para prestar servicios específicos por un plazo determinado, que aún no se había vencido, sin tomar en cuenta que en sus casos no es aplicable el art. 5 EFP sino el art. 60 del DS 26115. En consecuencia,  corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.