SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2003-R

Fecha: 08-Ene-2003

I.1. 1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 18 de octubre de 2002 (fs. 64-66), los recurrentes manifiestan que se presentaron a la convocatoria a concurso de méritos y examen de competencia emitida por el Director del Distrito de Salud Cordillera y la Dirección del Hospital Camiri, bajo la modalidad de Abierto Provincial, para la provisión de cargos de médicos especialistas y médicos generales.  Por nota de 27 de agosto de 2002, se puso en conocimiento de la autoridad recurrida que el Concurso había sido procesado en forma transparente y de acuerdo a Reglamento; sin embargo, esta autoridad ordenó la suspensión del concurso por C.I. 52/02 de 25 de septiembre de 2002, mencionando la visita de una comisión del Servicio Departamental de Salud (SEDES) para la evaluación del mismo, cometiendo con ello un acto ilegal y arbitrario que atenta contra la cosa juzgada y sentencia ejecutoriada, toda vez que en el caso presente ya existe la posesión de los cargos convocados, conforme al trámite establecido en el art. 1 y siguientes del Reglamento de Concurso de Méritos y Examen de Competencia, no existiendo ninguna disposición que le faculte al recurrido a suspender un concurso, lo que significa que ha actuado sin jurisdicción y competencia, cayendo sus actos en la nulidad prevista en el art. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE).