Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2003-R
Fecha: 08-Ene-2003
I.2.1. Ratificación del recurso
Los recurrentes reiteraron los fundamentos de su demanda y la ampliaron indicando que el tribunal calificador del concurso convocado es autónomo e independiente en sus determinaciones, las que son definitivas y no admiten otra instancia superior, de ahí que la gratuita ingerencia del recurrido al ordenar su suspensión es ilegal.
- Edmundo Coca Herrera, Silvia Quiroga Suárez, Víctor Eduardo Hoyos Gonzáles, Ruth Romero Quiroz, Mayerlin Gamboa Alba, Adela Escalante Martínez y Cleto Cáceres Arce
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.