SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2003-R

Fecha: 08-Ene-2003

procedente

La resolución dictada el 25 de octubre de 2002 (fs. 84 vta.-86), declaró procedente el recurso ordenando que la autoridad recurrida otorgue el visto bueno y remita la nómina de profesionales ganadores al Ministerio de Salud para que sean incluidos en las planillas mensuales de pago, fundándose en que: a) los recurrentes resultaron ganadores del concurso de méritos y examen de competencia, el cual se realizó conforme al Reglamento y a los Estatutos del Médico Empleado y del Colegio Médico de Bolivia; b) la autoridad recurrida, en vez de emitir los memorandos respectivos, dispuso la suspensión del trámite atentando contra el derecho al trabajo de los recurrentes, acto que es nulo cual prescribe el art. 31 CPE, ya que según las normas legales del Colegio Médico de Bolivia, el Director del Hospital Camiri y el Director del Distrito de Salud de Cordillera son autónomos e independientes para convocar a concurso, no existiendo una instancia superior.