Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2003-R
Fecha: 08-Ene-2003
III.4.
III.4. No obstante el estado del trámite y las circunstancias procesales anotadas, el ente municipal, en una clara chicana judicial, impropia de un órgano estatal que debe sujetar sus actos a las normas jurídicas vigentes, plantea un recurso ordinario pidiendo la nulidad del informe pericial que él mismo solicitó y tramitó, desconociendo el carácter definitivo de lo resuelto por el perito designado judicialmente con arreglo a la Ley de Expropiación; dilatando y burlando en los hechos el pago justo que debe hacer al propietario recurrente.