SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2003-R

Fecha: 08-Ene-2003

improcedente

La resolución dictada el 4 de noviembre de 2002 (fs. 82-83), denegó el recurso y lo declaró improcedente, fundándose en que el hecho ilegal ocurrió en marzo de 1995, cuando el recurrente denunció la afectación de su terreno y pidió a la Alcaldía el pago del valor de su inmueble mediante el correspondiente trámite de expropiación, habiendo transcurrido desde esa fecha 7 años y 8 meses y desde el último avalúo 1 año y 7 meses, lo que demuestra que este recurso fue planteado extemporáneamente y no en forma inmediata, habiendo el recurrente consentido el acto reclamado, por lo que el recurso resulta improcedente a tenor del art. 96.2) de la Ley del Tribunal Constitucional  (LTC).