SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2003-R

Fecha: 15-Ene-2003

El representante del Ministerio Público

El representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare procedente el recurso con el argumento de que el Auto del que la parte pide  reposición bajo alternativa de apelación es un auto interlocutorio simple por que no corta el proceso ni suspende la competencia del Juez  no estando comprendido en los casos previstos por el art. 24 LAPCAF, por lo que los recurridos al haber anulado obrados y disponer que el recurso sea concedido en efecto diferido ha violado  normas legales que atentan contra el debido proceso y la seguridad jurídica de los recurrentes.