SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2003-R
Fecha: 15-Ene-2003
III.1
III.1 En el caso de autos se constata que los Vocales recurridos, al pronunciar el cuestionado Auto de Vista de 21 de septiembre de 2002, que anula obrados y dispone que el recurso de apelación concedido alternativamente al de reposición debe serlo en el efecto diferido, han incurrido en acto ilegal que vulnera los derechos que invoca el recurrente a la defensa, debido proceso y a la seguridad jurídica, puesto que no han considerado que las medidas precautorias dispuestas no tienen carácter definitivo por lo que el Auto interlocutorio que las dispuso es simple contra el cual procede la apelación en efecto devolutivo, de manera que al haberse pronunciado como lo han hecho han incurrido en acto ilegal restrictivo de los derechos constitucionales invocados en el recurso.
- Herman Krutzfeldt Sciaroni y Leonidas Carvalho Suárez en representación del Banco Ganadero S.A.,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio.
- a)
- El representante del Ministerio Público
- procedente
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- APROBAR