SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2003-R

Fecha: 15-Ene-2003

después de más de dos años

El Recurso ha sido presentado después de más de dos años desde que se dictó la Orden del Día Nº 108/2000 de 24 de julio de 2000 que dio de baja a Jhonny Marcelo Morales Salinas y luego de más de un año de haberse emitido la Orden del Día de 28 de junio de 2001 que dio de baja definitiva a Gabriela García Alcón, decisiones que ahora impugnan a través del presente recurso y que también refutaron ante las instancias pertinentes de manera totalmente extemporánea y con la clara intención de viabilizar el presente recurso, tratando de desnaturalizar su esencia, cuando uno de los elementos primordiales que caracteriza y es inherente al fundamento mismo del amparo, es precisamente la inmediatez de la protección jurídica que se busca; sin embargo, en la especie, ni el recurrente ni sus representados cumplieron con ese requisito de buscar  la protección jurídica inmediata, inviabilizando, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 CPE. Este es el criterio que ha asumido el Tribunal Constitucional en uniforme jurisprudencia, citando al efecto las Sentencias Nos. 112/99-R, 140/99-R, 270/99-R, 525/2000-R, 091/2001-R, 217/2001-R, 326/2001-R. 002/2002-R y 005/2002-R, entre otras.