SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2003-R
Fecha: 15-Ene-2003
I.2.2. Informe de los recurridos
Jhonny Morales Salinas reprobó la materia de Identificación Personal y una vez fijada la fecha para el examen de segunda oportunidad no se hizo presente por motivos de enfermedad, y por disposición del Concejo Consultivo de la Academia se conformó un tribunal compuesto por tres coroneles para tomar el examen, en la que el indicado ex cadete se aplazó, por lo que fue dado de baja de acuerdo a Reglamento. Gabriela García Alcón también fue dada de baja conforme a Reglamento por haber reprobado en segunda opción la asignatura de derecho constitucional.
Ambos cadetes tuvieron un rendimiento académico menos que regular puesto que en el primer semestre reprobaron algunas materias logrando aprobar en segunda instancia. Acotaron que conforme a la Ley de Reforma Educativa los institutos de educación superior están obligados a buscar la excelencia para ser objeto de acreditación de sus pares a nivel nacional e internacional. Solicitaron se declare improcedente el recurso.
- Julio César Joaquín Paz Burgos, en representación de Gabriela García Alcón y Jhonny Marcelo Morales Salinas
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 10
- después de más de dos años