SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2003-R

Fecha: 15-Ene-2003

procedente

b)  conforme al art. 228 de la Constitución Política del Estado (CPE) dicha Resolución Suprema es de preferente aplicación, siendo que en su art. 4.5. establece que “el caballero cadete reprobado en una o dos materias en un semestre tendrá una segunda opción, si es que reprueba en el segundo turno (desquite) de repetir la materia en la próxima gestión”, lo cual no ha sido cumplido conforme a lo interpretado por la jurisprudencia constitucional.