SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2003-R
Fecha: 15-Ene-2003
I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 8 de noviembre de 2002 (fs. 31-33), el recurrente manifiesta que su representada Gabriela García Alcón, fue estudiante regular y cadete de la Academia de Policías durante la gestión 2000 y parte de la 2001, y que fue dada de baja el 28 de junio de 2001 por haber reprobado la materia de Derecho Constitucional; por otra parte, su representado Jhonny Marcelo Morales Salinas fue alumno regular en la gestión 1999 y la mitad del 2000, y dado de baja a la conclusión del primer semestre por haber reprobado la materia de Identificación Personal.
La baja de sus representados se sustenta en la aplicación de las sanciones establecidas en el art. 49. incs. a) y b) de la Resolución del Comando General de la Policía Nacional Nº 475/914 de 28 de diciembre de 1994 que aprueba el Reglamento de Evaluación del Comportamiento y Régimen Disciplinario de ANAPOL, estableciendo que los reprobados en una o dos materias tendrán derecho a examen de segundo turno y serán sancionados con la pérdida de la vacación final, y si reprobaran en el segundo turno (desquite) en una materia serán sancionados con la baja del Instituto, lo cual infringe lo previsto en la RS 216603 de 25 de enero de 1996 que aprueba el Sistema Educativo Policial y su Reglamento, el cual determina que los cadetes que reprobaran una o dos materias en un semestre, tendrán una segunda opción repitiendo en la próxima gestión del semestre de las materias aprobadas (sic).
Los recurridos aplicaron un Reglamento con preferencia a una Resolución Suprema y lo que es peor el art. 49.b) que se encuentra derogado por el art. 123 del Reglamento del Sistema Educativo Policial, por lo que sus representados en conocimiento de las SSCC 432/2002-R y 1122/2002-R acudieron a su turno ante cada uno de los demandados solicitando su reincorporación, quienes mediante oficios 144/2002 y 402/2002 declararon improcedentes sus solicitudes, habiendo agotado así sin ningún resultado, todas las instancias administrativas.
- Julio César Joaquín Paz Burgos, en representación de Gabriela García Alcón y Jhonny Marcelo Morales Salinas
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 10
- después de más de dos años