SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2003 - R

Fecha: 24-Ene-2003

(fs. 137-139)

El abogado del recurrido presidente del Comité Electoral dió lectura a su informe (fs. 137-139), en el que se alegó: a) que luego de emitir la Resolución 05/2002 que anulaba las elecciones, reconsiderando esa determinación y amparados en el art. 168 CE dentro del plazo previsto en el art. 166-d) CE, procedieron al acopio de las actas originales y realizaron el cómputo de los votos, resultando y declarándose ganador al frente SAN SIMON mediante Resolución 06/02 que dejó sin efecto el art. 1º de la Resolución 05/2002; b) que como afirma el recurrente si bien se les comunicó oficialmente la fecha para su posesión posteriormente debido a las amenazas de muerte que recibieron, se les hizo conocer la postergación del acto, el cual sigue sin realizarse por las acciones de dos frentes que participaron en las elecciones, además de la falta de cooperación de las autoridades universitarias que no han brindado las garantías para que se celebre el acto, pese a que como Comité Electoral han cumplido con todo lo de rigor.