SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0088/2003 - R
Fecha: 24-Ene-2003
III.1
III.1 Que, al efecto cabe señalar que en el caso que motivó el presente recurso no existe la certeza y seguridad sobre la titularidad del derecho fundamental y la garantía constitucional cuya protección se persigue. En efecto, se advierte una ausencia de normas claras que regulen el Régimen Estudiantil en la Universidad Mayor de San Simón, es decir, normas que regulen la vida institucional del sector estudiantil con relación a sus derechos, obligaciones y prohibiciones, así como a la organización de sus estructuras representativas como los Centros de Estudiantes y Federación Universitaria Local, la forma y condiciones en que se estructuran, mecanismos de solución de los conflictos emergentes del proceso electoral, como el sucedido en las últimas elecciones. Esa ausencia normativa ha dado lugar a que el proceso electoral para la conformación de la directiva de la FUL gestión 2002 - 2004, concluya con serias irregularidades y vicios de nulidad; es así que el Comité Electoral, aunque sin el quórum reglamentario y fuertes presiones de dirigentes y universitarios pertenecientes al frente URUS (así lo denuncian los propios miembros del Comité Electoral), declaró ganador al frente URUS, posteriormente, ya de manera regular emitió la Resolución Nº 05/02 de 31 de agosto, declarando “anuladas” las elecciones; dispuso la investigación de los actos de violencia y vandalismo acaecidos el día de las elecciones para identificar a los responsables y someterlos a proceso, asimismo resolvió conformar una comisión colegiada para elaborar el Reglamento Electoral Estudiantil, todo ello bajo el fundamento que el día de las elecciones se presentaron denuncias de impugnación y se extraviaron actas de escrutinio de mesas en más del 50%; y, finalmente, emitió la Resolución Nº 06/02 de 16 de septiembre, dejando sin efecto la Resolución Nº 05/02 y declaró ganador de las elecciones al Frente San Simón.
Que, la serie de irregularidades referidas en la Resolución Nº 05/02 emitida por el Comité Electoral, reiterada mediante pronunciamiento públicos por los frentes en conflicto, entre ellas la pérdida de más del 50% de las actas de escrutinio de votos efectuado en las mesas electorales, ponen en duda la legalidad del proceso electoral, por lo mismo del frente ganador, puesto que dos frentes se disputan y reivindican para sí el triunfo, de manera que se han generado conflictos internos en el sector estudiantil de la Universidad, con apoyos y desconocimientos a uno u otro frente; con impugnaciones y desconocimientos de los resultados electorales de uno y otro lado. De manera tal que el recurrente, en representación de uno de los frentes, pretende que el conflicto sea resuelto por la vía constitucional, cuando debe ser resuelto internamente en el marco de los principios y normas que rigen el régimen democrático.