SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2003-R
Fecha: 24-Ene-2003
II.1
II.1 El 16 de enero de 1973, la Cooperativa “Adolfo Ballivián” de Transporte Pesado adquirió un lote de terreno con una extensión de 20.000 m2, en Santiago de Cupilupaca en El Alto, inscribiendo su derecho propietario el 9 de junio de 1988 (fs. 46-47). El 30 de junio de 1993, los entonces dirigentes de dicha Cooperativa transfieren a la empresa “Transportes Alanota S.R.L.”, 10.000 m2, del mencionado terreno, por el precio de $us. 190.000, estipulando que $us. 50.0000 serían cancelados a la suscripción del contrato, $us. 35.360 serían subrogados por el comprador ante el Banco Mercantil y el saldo de $us.104.640 serían cancelados en 30 días computables desde esa fecha (fs. 44), cuya inscripción de ese derecho propietario se realizó en Derechos Reales el 22 de abril de 2002 (fs. 77).
- Emilio Tórres Illanes, Interventor de la Cooperativa de Transportes Internacional “José Ballivián” Ltda.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio.
- a)
- 1)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- REVOCAR