SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2003-R

Fecha: 24-Ene-2003

procedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo  pronuncia Resolución que declara  procedente el recurso  con relación a Jorge Roberto Alanoca Villacorta, Alicia y Jorge Adrián Alanoca Chávez e improcedente respecto al Comandante y Subcomandante de Seguridad Física, conminando a los recurridos a la restitución del inmueble en la forma en que se encontraba antes del ingreso de la familia Alanoca, con los siguientes fundamentos: 1) los demandados Alanoca al ingresar en forma arbitraria  al terreno en litigio, cuyo derecho propietario  está en controversia en varios juicios, incurrieron en acto indebido e ilegal; 2) el acta de entrega del bien inmueble, sin fecha, fue suscrita por personas ajenas al interventor, por lo que lo anteriores  dirigentes de la Cooperativa incurrieron  en un acto ilegal y arbitrario; 3) en tanto no sean agotados los litigios  y no existan fallos ejecutoriados  pasados en autoridad de cosa juzgada o exista orden judicial expresa no puede despojarse a la Cooperativa de la posesión que ejerce sobre el bien inmueble; 4) no se ha demostrado que los demandados  de la Unidad de Seguridad Física  Privada de El Alto hubieran incurrido en violaciones de los derechos constitucionales del recurrente  por lo que se los exime de responsabilidad.

En consecuencia,  el Tribunal de amparo al declarar procedente el Recurso respecto a Jorge Roberto Alanoca Villacorta, Alicia y Jorge Adrián Alanoca Chávez e improcedente contra el Comandante y Subcomandante de Seguridad Física, no ha compulsado adecuadamente la prueba aportada ni efectuado una correcta interpretación de los alcances del  art. 19 CPE.