Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0122/2003-R
Fecha: 29-Ene-2003
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) que las autoridades recurridas desconocieron el derecho a la defensa del recurrente al no haberlo notificado con la demanda, conculcando así sus derechos procesales y constitucionales, lo que motiva la nulidad del Auto de regulación de honorarios profesionales; 2) que mediante este recurso no se puede determinar la procedencia o improcedencia del pago de los honorarios profesionales impetrados, los que corresponden ser discutidos en la misma causa como determina la Ley de Abogacía.