SENTENCIA CONSTITUCIONAL 11/2003 - R
Fecha: 08-Ene-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente denuncia la vulneración del derecho suyo y el de sus representados al trabajo, previsto en el art. 7-d) CPE, con el argumento de que el juez recurrido indebidamente se ha declarado incompetente para conocer la demanda de cumplimiento de contrato que presentaron contra la Prefectura del Departamento, con el criterio erróneo de que son servidores públicos que no están bajo el régimen de la Ley General del Trabajo, sin tomar en cuenta que no están demandando beneficios sociales sino únicamente el cumplimiento del contrato de trabajo. En consecuencia, corresponde dilucidar si tal extremo es evidente y si constituye un acto ilegal lesivo del derecho fundamental referido, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- Juan Roger Orellana Aguilera en representación con mandato de Manuel Eduardo Sernaque Piscoya, Abrahan Arancibia Vasquez, William Cruz Pisco, Ronald Antonio Díaz Soria, Francisco Jorge Montenegro Moreno, Jesús Hurtado Tirina, Jorge Saucedo Montero, Rodolfo Serato Cartagena, Francisco Costa Torrez, Rony Cabrera Aguada, Raimundo Sibi Suárez, Marlón Bello Nakashima, Leonas José Sutil Pedrosa, Napoleón Ferreira Filgueira, Reiner Céspedes Hurtado, Jhonny Chamarro Vaca, Carlos Camargo Cabrera, Mario Rafael Copana Mamani, Miki Meza Freita, Miltón Cruz Hurtado y Guillermo Céspedes Hurtado
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra
- a)
- improcedente
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- APRUEBA