SENTENCIA CONSTITUCIONAL 57/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 57/2003 - R

Fecha: 15-Ene-2003

I.2.1

El abogado de las recurrentes ratificó y amplió los fundamentos del recurso indicando que han acudido a la vía conciliatoria ante el Ministerio del Trabajo, a la Defensoría del Pueblo, a Derechos Humanos, a la Superintendencia de Servicio Civil, de las cuales cursan notas en sentido de que una persona en uso de sus vacaciones no puede ser despedida. Que en el caso de la recurrente Figueroa nunca hizo uso de sus vacaciones por tres años consecutivos, y esta vez que se las concedieron, la hicieron retornar y en cuanto a la recurrente Castro al violentar su escritorio incluso se han sacado enseres personales. Finalmente ampliando el petitorio solicita que se las restituya a las tres recurrentes a su fuente de trabajo  y se les permita hacer uso de su vacación, pudiendo después tomar las determinaciones que consideren pertinentes.