En revisión la Resolución 04/2003 de 6 de septiembre de 2003, cursante de fs. 41 a 42, pronunciada por el Juez Cuarto de Partido y de Sentencia de El Alto, La Paz, dentro del recurso de
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 04/2003 de 6 de septiembre de 2003, cursante de fs. 41 a 42, pronunciada por el Juez Cuarto de Partido y de Sentencia de El Alto, La Paz, dentro del recurso de

Fecha: 27-Oct-2003

III.1

III.1   El Código de Procedimiento Penal vigente, en el Libro Tercero,  Título VII se refiere a las notificaciones, determinando normas generales para la notificación de los actos y resoluciones de los tribunales y jueces que conozcan de los procesos, asimismo establece formalidades que deben cumplirse en determinadas notificaciones por la importancia y los derechos que involucran ciertas resoluciones o dicho de otro modo, son actos de comunicación sometido al principio de legalidad de las formas en la que se deben observar ciertas formas para que la notificación surta sus plenos efectos, de modo que en estos casos, el Juez o Tribunal debe cuidar que las mismas se practiquen conforme lo manda la norma jurídica.