Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución 04/2003 de 6 de septiembre de 2003, cursante de fs. 41 a 42, pronunciada por el Juez Cuarto de Partido y de Sentencia de El Alto, La Paz, dentro del recurso de
Fecha: 27-Oct-2003
improcedente
La Resolución 04/2003 de 6 de septiembre (fs. 41 a 42), declaró improcedente el recurso, con el siguiente fundamento: la Resolución 84/2003 fue dictada por la Sala Penal Tercera habiendo sido legalmente notificada a los imputados. Con referencia a los mandamientos de aprehensión éstos fueron librados en cumplimiento del decreto dictado por el Juez recurrido, los que fueron devueltos con la debida representación, no existiendo ningún otro mandamiento expedido por la referida autoridad, quien ha cumplido con las normas procesales sin incurrir en ningún acto u omisión ilegal.
- hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- 1.3 Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.5
- II.6 El 23 de agosto de 2003
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- personalmente, entre otras, las sentencias y resoluciones de carácter definitivo,
- la notificación se la practicará en su domicilio real, dejando copia de la resolución y la advertencia en presencia de un testigo idóneo que firmará la diligencia
- III.2
- III.3
- APROBAR