SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1443/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1443/2003-R

Fecha: 01-Oct-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

El recurrente afirma que los demandados Vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, vulneraron sus derechos a la defensa y a una justa remuneración, previstos por los arts. 7.j) y 16 CPE, por cuanto el Auto de Vista de 17 de septiembre de 2002, lo pronunciaron de manera ultrapetita al anular obrados  hasta fs. 21 y declarar la ejecutoria del Auto de 4 de julio del mismo año, sin considerar que éste fue revocado por su similar de 10 de julio de 2002, y que la resolución objeto de la apelación fue la de 30 de julio del mismo año que dispuso el archivo de obrados, por su ausencia de 10 minutos a la audiencia de conciliación, no imputable a su persona. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.