SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2003-R

Fecha: 02-Oct-2003

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, dejando sin efecto la providencia de 17 de julio de 2003, debiendo el Fiscal “solicitar el plazo conveniente a la autoridad judicial y ésta otorgar el plazo requerido”, con los siguientes fundamentos: 1) el Juez recurrido cuando otorgó plazo al Fiscal para presentar la imputación impidió que el Ministerio Público cumpla con las funciones establecidas por los arts. 124 y 125 CPE, más aún cuando dentro de la normativa procesal no se reconoce al Juez Cautelar ninguna facultad para el efecto; 2) la providencia de 17 de julio, no cumple la exigencia del art. 123 CPP motivando que el Fiscal la considere un decreto, por lo que interpuso el recurso de reposición y no el de apelación, y que al no existir recurso ulterior se viabiliza la interposición del presente recurso.