Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1477/2003- R
Fecha: 20-Oct-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Que, la recurrente solicita tutela a los derechos a la defensa y al debido proceso, previstos en el art. 16.II y IV) CPE, porque considera que los mismos han sido vulnerados por los recurridos, dentro del proceso penal en el cual es la parte imputada. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.