Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1504/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
Sin embargo, adviértese que en la fotocopia del mismo formulario que corre a fojas 33, no figura la firma de dicho Fiscal.
Sin embargo, adviértese que en la fotocopia del mismo formulario que corre a fojas 33, no figura la firma de dicho Fiscal. Al respecto, en su informe escrito (fs. 9), el Juez Instructor co-recurrido, admite que en el acta (formulario) de la declaración, solamente se consignaron las firmas del declarante, del sumariante y de la abogada Virginia Mendoza Maldonado. Contrariamente a ello, los Jueces Técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia (fs. 31), expresan que las declaraciones informativas de los imputados están suscritas por el representante del Ministerio Público.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- Sin embargo, adviértese que en la fotocopia del mismo formulario que corre a fojas 33, no figura la firma de dicho Fiscal.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- procesamiento ilegal o indebido
- III.2.
- la parte recurrente debe acompañar la prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad de las acusaciones que formula