II.2.
II.2. La SC 1604/2003-R, de 10 de noviembre (fs. 493 a 501), revocó la Resolución 11/2003, emitida por el Juez de Partido de la provincia Caranavi del departamento de La Paz y declaró improcedente el recurso planteado por Daniel Carlos Ignacio Escobari Durán en representación de SERCO S.R.L., bajo dos fundamentos: el primero, por la falta de agotamiento de las instancias administrativas que tenía a su alcance, puesto que una vez recibido el Oficio HMG-001 de 6 de enero de 2003, en lugar de presentar sus reclamos ante el Gobierno Municipal de Guanay, al que bien pudo reclamar la notificación con la adjudicación a otra empresa, formuló directamente el amparo constitucional, dando lugar a su improcedencia, conforme la línea jurisprudencial anotada en el fallo. Y, el segundo, por haberse presentado la demanda después de los seis meses de haber sido notificada su empresa con el antedicho Oficio.
