AUTO CONSTITUCIONAL 82/2003-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 82/2003-ECA

Fecha: 28-Nov-2003

I.2

I.2       Solicita se complemente: a) que el alambrado en área litigiosa inmovilizada se encuentra confesada por el recurrido, por lo que ese alambrado debe ser retirado hasta que el INRA defina su ubicación concluido que sea el saneamiento y; b) la Sentencia Constitucional no significa por una parte negar la competencia al INRA para establecer los límites entre ambas propiedades, autorizando su división y por otra parte liberar a los recurridos de las acciones penales.