SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1556/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
II.6
II.6 Que el 25 de febrero de 2003, Bertha Vargas Algarañáz y Amada Arancibia de Calvimontes solicitan al Juez de Instrucción en lo Civil de la Provincia Ichilo ordene porque el Comandante de la Región Militar número ocho proceda a certificar si la libreta de redención 040427, clase 1972, categoría 95, matrícula L-I-48-48-95 pertenece a Tomas Tapia Mamani, ordenándose dicha certificación el mismo día (fs. 46 y vta.), certificándose el 27 de febrero que la libreta de Redención 040427 no ha sido tramitada en la Región Militar ocho (fs. 68), posteriormente, el 28 de febrero de 2003 ante el Juez de Partido de la Provincia Sara e Ichilo, Bertha Vargas Algarañáz y Amada Arancibia de Calvimontes presentan demanda de anulación de acta de posesión e inhabilitación de Concejal Municipal en contra de Tomás Tapia Mamani, argumentando que dicho Concejal no cuenta con la libreta de servicio militar (fs. 13), trámite cursante a fs. 79 a 132.