Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1596/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
II.3.
Mediante Auto de 9 de agosto de 2003 (fs. 24) el Juez co-recurrido declaró improbado dicho incidente de nulidad, arguyendo que todas las notificaciones efectuadas al ejecutado o a su apoderado a partir de lo actuado a fs. 103 se cumplieron en aplicación a lo dispuesto por el art. 14 LAPCAF, que el proceso se halla en ejecución de sentencia y que no se ha provocado indefensión.
- recurso de amparo constitucional interpuesto por Rolando Ramos Bermúdez en representación de Juan Rowland Quispe Callisaya contra Heriberto Espada Moreno y Leonardo Huarachi Ramos, Juez de Partido Segundo en lo Civil y Oficial de Diligencias de dicho Juzgado
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- APRUEBA