SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1656/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2003 (fs. 15 a 17), el recurrente asevera que se presentó al Juzgado de Instrucción de Familia de Quillacollo el sábado 30 de agosto de 2003 con su abogado, quien revisó el proceso de asistencia familiar que le sigue Santusa Aguilar Miranda, verificando la inexistencia de firmas de la Fiscal y de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, y que al solicitar fotocopias del expediente, fue negado por la Oficial de Diligencias del Juzgado, expresando que un expediente sin firmas no puede ser fotocopiado. Considera que este hecho es una restricción a su derecho de defensa, ya que no estuvo presente en el Juzgado la actuaria, sino al parecer en la Corte de Justicia en algún trámite administrativo.
Señala que, cuando se apersonó el lunes 1 de septiembre de 2003, nuevamente al Juzgado con su abogado, constató que las actas de las audiencias preliminar y complementaría ya se encontraban firmadas por la Fiscal Rita Calderón Bustamante y, además, existía un sello de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Quillacollo; situación que considera irregular, porque el día sábado anterior no existían firmas.
Agrega que, conforme el art. 9 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA), la no-intervención del Ministerio Público en un proceso judicial que involucra a niños, niñas y adolescentes, es causal de nulidad; en ese entendido, la nombrada fiscal al no haber estado presente en las audiencias preliminar y complementaria, no firmó las actas de 19 y 21 de agosto de 2003, al igual que la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, de quien solo aparece un sello.
Refiere que, sobre la base de dichos argumentos y reiterando que la Oficial de Diligencias recurrida, el sábado 30 de agosto, no le permitió que fotocopie el expediente, por una parte y por otra que, para el lunes 1 de septiembre, las actas hubieren aparecido firmadas por la Fiscal y con sello de la Defensoría, lo cual se trataría de un acto ilegal.