Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1656/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
I.2.1
El abogado del recurrente, ratifica in extenso el contenido de su demanda y, luego de la exposición de una serie de hechos aclara que las funcionarías recurridas corresponden al Juzgado Primero de Instrucción de Familia; luego expresa que existe vulneración a su derecho de defensa y atentado al debido proceso, por haberse tramitado el juicio de asistencia familiar en su rebeldía, por lo que solicita se declare procedente el presente recurso, con costas, daños y perjuicios.