SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1682/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1682/2003 - R

Fecha: 24-Nov-2003

III.3

III.3  En mérito a lo referido, ya no corresponde a este Tribunal realizar mayores interpretaciones de las normas referidas, sino simplemente aplicar al presente caso la línea jurisprudencial señalada, por cuanto de obrados se evidencia que a la fecha de la audiencia de amparo, no cesaron los efectos de la ilegalidad denunciada. El recurrente siendo funcionario de carrera fue destituido por las autoridades recurridas y luego de la tramitación de los recursos administrativos correspondientes, el Superintendente del Servicio Civil emitió las Resoluciones Administrativas SSC/IRJ/064/2003, por las que dispuso la reincorporación al recurrente con carácter retroactivo al 2 de abril de 2003, la decisión complementada por la Resolución Administrativa SSC/IRJ/069/2003 en la que se señaló que el retiro sólo sería viable después de cumplirse con la reincorporación ordenada y previo aviso con anticipación de 30 días; en forma posterior a dichas Resoluciones y aparentemente a fin de dar cumplimiento a lo ordenado, se emitió el memorando 922 de 1 de septiembre de 2003 en el que se dispuso que a partir de esa fecha quedaba el recurrente reincorporado a sus anteriores funciones.