SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1707/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1707/2003-R

Fecha: 24-Nov-2003

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso,  con el fundamento de que si bien en este recurso no existe identidad de sujetos por que la autoridad recurrida es otra, sin embargo el objeto y la causa  son las mismas, es decir que lo que busca el recurrente es que se deje sin efecto  la resolución de 19 de octubre de 2002 que ya fue resuelta  mediante la SC 0687/2003-R que declaró improcedente el recurso.

Lo relacionado precedentemente, determina la procedencia del recurso, haciendo viable la tutela que solicita el recurrente, al encontrarse la situación planteada dentro de las previsiones del art. 19 CPE, de manera que el Tribunal de amparo al haber declarado  improcedente el recurso, no ha  efectuado una adecuada compulsa del mismo ni dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.