SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1727/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1727/2003 - R

Fecha: 28-Nov-2003

II.2

II.2  Que, el 10 septiembre de 2001, Ernesto Mondelo, Especialista Sectorial del BID, hizo saber al Coordinador Ejecutivo del Programa de Modernización de las Relaciones Laborales, que el Banco no tiene objeción alguna a los documentos presentados, por lo que se puede proceder al pago de la retención de Wilder Peralta De la Vega, con relación al convenio ATN/MH-5524-BO del Programa de Modernización de las Relaciones Laborales (fs. 14).