AUTO CONSTITUCIONAL 24/2003-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 24/2003-O

Fecha: 17-Dic-2003

II.6.

II.6.    El 26 de septiembre de 2003, Santos Ramírez Yucra, C. Ramiro Zúñiga Zaconeta, H.V.Sonia Rodríguez Quiroz,  Eloy Tola Mamani, Dora Oporto de Baptista y Nemesio Yucra, Alcalde Municipal de Huanuni, Presidente del Concejo Municipal, Vicepresidente, Secretaria y Concejales del Municipio de Huanuni, presentaron recurso de amparo constitucional contra Florentino Gómez Ríos, Gladys Alcalá Miranda y José Wenceslao Mamani Choquecallata, ex-presidente, Alcaldesa y Secretario del mismo Municipio, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y al trabajo previstos por el art. 7.a) y d) de la Constitución Política del Estado (CPE),  recurso que fue declarado improcedente mediante Resolución de 7 de octubre de 2003, dictado por el Juez de Partido Ordinario de Sentencia en lo Penal Liquidador de las provincias E. Avaroa, L. Cabrera y Sebastián Pagador con asiento en la ciudad de Challapata del Ddistrito Judicial de Oruro; elevada en revisión ante el Tribunal Constitucional, la que fue aprobada, mediante Sentencia Constitucional 1848/03-R de 12 de diciembre de 2003.