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    AUTO CONSTITUCIONAL 24/2003-O
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 24/2003-O

    Fecha: 17-Dic-2003

    III.2.

    III.2.  En consideración a lo anteriormente expuesto y en estricto cumplimiento de lo dispuesto por el art. 44 LTC, que establece claramente el efecto vinculante y obligatorio de sus Sentencias para los poderes del Estado, legisladores, autoridades y tribunales, el Prefecto de Oruro debe someterse a la SC 522/2002- R.

    • Fragmento 1
    • I.1.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.    El  26 de agosto de 2003, mediante AC 0018/2003-O se declaró no haber lugar a la denuncia planteada
    • II.6.
    • III.1.
    • SC 1848/2003-R de 12 de diciembre, que declaró improcedente el recurso
    • (...)
    • III.2.

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