II.4.
II.4. En lo que toca al punto II, tampoco se tiene en obrados prueba alguna sobre el pronunciamiento de la Sala Civil Segunda del Distrito Judicial de Chuquisaca que supuestamente hubiera dispuesto que el recurso se tenga por no presentado al no haberse subsanado observaciones de forma, como señalan los demandantes, por consiguiente no existe omisión, error ni aspecto oscuro que de lugar a complementación alguna.
