Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1736/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
II.2.
II.2. De acuerdo a la documental de 9 de octubre de 2003 (fs. 19) emitida por la Dirección Nacional de Inspectoría y Arraigos dependiente del Ministerio de Gobierno, esa repartición dispuso que no se permitirá el ingreso a territorio boliviano del súbdito extranjero Urs. Josef Buchler - esposo y representado de la actora- y en caso de encontrarse en el país se procederá a su expulsión inmediata, debido a que no contaba con nacionalidad definida, a que utilizó dos nombres y empleó cinco pasaportes diferentes.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- sólo podrán ser restringidos cuando sea indispensable para asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la Ley.
- .esto implica que necesariamente debe existir una orden de expulsión de parte de las instancias mencionadas para que la Dirección Departamental de Migración la acate
- III.3.
- APRUEBA