SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1764/2003-R
Fecha: 02-Dic-2003
a)
Los jueces recurridos en su informe escrito que corre de fs. 17 a 18, informaron lo siguiente: a) la causa seguida por el Ministerio Público contra el representado del recurrente y otro se radicó en su despacho; sustanciado el juicio oral dictaron sentencia imponiendo al primero la pena de 13 años de presidio, por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas pena que debía ser cumplida en la cárcel pública de San Sebastián; b) la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba mediante Auto de Vista de 24 de junio de 2003, dispuso la cesación de la detención preventiva a favor del representado del recurrente imponiéndole entre otras medidas sustitutivas a la detención una fianza económica de Bs30.000.-, que modificaron por Auto de 15 de agosto a la suma de Bs28.000, confirmada en apelación; c) el recurrente en sucesivas audiencias ofreció como fianza las acciones y derechos del ciudadano Eulogio Arnez Zapata sobre un terreno de 1334 m2, que según el testimonio otorgado por la oficina de derechos reales tiene una servidumbre de “ingreso y de salida de tres metros de ancho en el límite Este, José Velasco, que recorre de Sud a Norte desde el camino vecinal hasta la mitad del largo terreno” que al ser de uso común no podía ser gravada por constituir un derecho real de varios propietarios, correspondiendo al imputado en su caso acompañar peritaje que acredite que el saldo de terreno ofrecido es suficiente para cubrir la fianza económica fijada y, por otra parte, los co-propietarios del pasaje servidumbral debieron hacerse presentes para dar su consentimiento, ante el incumplimiento de estas exigencias rechazaron la fianza obrando conforme a ley sin violar ninguna garantía constitucional, es más, la resolución pronunciada era susceptible de recurso de apelación incidental. Por lo que solicitaron se declare improcedente el recurso.
- hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- 2)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- Fragmento 12
- III.1
- se debe presentar el avalúo catastral y el certificado del registro correspondiente para acreditar que no pesa sobre ellos ningún gravamen o que estando gravado constituya suficiente garantía.
- III.2
- III.3
- APRUEBA