SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1764/2003-R
Fecha: 02-Dic-2003
II.3
II.3 Alfredo Arnez Vargas ofreció como fianza las acciones y derechos en lo pro-indiviso sobre el inmueble sito en el ex fundo de Molle Molle, comprensión del cantón Itoca, Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba que corresponden a su padre Eulogio Arnez Zapata. Dicho inmueble efectivamente reconoce una servidumbre de ingreso y de salida de tres metros de ancho, en el límite Este, José Velasco que corre de Sud a Norte desde el camino vecinal hasta la mitad del largo terreno (fs. 15). El mismo es libre y alodial (fs. 16) y según el avaluó catastral realizado por el arquitecto de la Alcaldía, el terreno en su conjunto tiene un valor catastral de Bs18.255,96.-, y las construcciones realizadas en el mismo tienen un valor de Bs43.914.- haciendo un valor total de Bs62.169,96.-
- hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- 2)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- Fragmento 12
- III.1
- se debe presentar el avalúo catastral y el certificado del registro correspondiente para acreditar que no pesa sobre ellos ningún gravamen o que estando gravado constituya suficiente garantía.
- III.2
- III.3
- APRUEBA