Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1764/2003-R
Fecha: 02-Dic-2003
II.2
II.2 Según lo sostenido por ambas partes mediante Auto de Vista de 24 de junio de 2003, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba dispuso la cesación de la detención preventiva del representado del recurrente, imponiéndole como medidas sustitutivas, entre otras, una fianza económica de Bs30.000.- modificada posteriormente a Bs28.000.- por el Tribunal de Sentencia Nº 2 mediante Auto de 15 de agosto de 2003, confirmado en apelación (fs. 1 y 17).
- hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- 2)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- Fragmento 12
- III.1
- se debe presentar el avalúo catastral y el certificado del registro correspondiente para acreditar que no pesa sobre ellos ningún gravamen o que estando gravado constituya suficiente garantía.
- III.2
- III.3
- APRUEBA